Noviembre 14
1878 Es promulgado un Reglamento Marítimo para evitar Abordajes. Junto con dictaminar las luces que mientras se encuentren en movimiento deben llevar los vapores, remolcadores y buques de vela, así como aquellos vapores que no gobiernan “tales como los que levan o rastrean cables telegráficos submarinos”, el presidente Pinto dictamina que toda nave de vapor debe estar provista de un silbato colocado de manera que no se ahogue su sonido, “y tendrá más de una bocina de niebla que funcione